lunes, 19 de abril de 2010

EL IBESR YA ESTA TRABAJANDO

El IBESR ya retomo sus tareas, de a poco, esta finalizando los procesos comenzados, y comenzando nuevos.
Todo va bastante lento, ya q aun no se han podido organizar bien.
No se sabe cuanto sera el tiempo q tomara completar una adopcion, segun Barbara , por ejemplo, si antes le llevaba unos 10 meses, ahora sea por lo menos un año.

Pero se esta trabajando, y hay orfanatos q toman carpetas.
No todos, porque algunos todavia no pudieron rearmarse.
Pero la buena noticia, es esa, se reanudaron las adopciones!

Por otro lado, los niños "huerfanos del terremoto", no son los q son "adoptables" hoy por hoy, ya q aun no se sabe si son realmente huerfanos o estan perdidos sus padres. Pero, hay muchos niños q sus progenitores firman la renuncia a la patria potestad, porque no los pueden cuidar. Imaginen si esto sucedia muchisimo antes del terremoto, lo q sera ahora.
Asi q estos niños son los q estan en estado de "adoptabilidad" ahora.

pueden leer mas en www.adoptandoenhaiti.blogspot.com

lunes, 8 de marzo de 2010

RETOMO SUS TAREAS EL IBESR?

Asi parece, segun un post de Vera
http://achildsvoiceinternational.blogspot.com/2010/02/haiti-update_15.html

por lo q imagino q pronto los orfanatos comenzaran a recibir carpetas...

sábado, 16 de enero de 2010

TERREMOTO Y ADOPCION

Como digo en mi otro blog, ahora es IMPOSIBLE encarar una adopcion alla.
Para adoptar un niño haitiano, hace falta completar una serie de papeles, en Argentina y en Haiti. Los edificios gubernamentales se derrumbaron, donde se van a hacer esos papeles. Los jueces fallecieron, quienes van a firmar sentencia??
Hay orfanatos dde se han caido paredes y tienen gente muerta entre los escombros.

Ahora hay q esperar a q minimamente se reestablezca la normalidad, para q en los orfanatos les contesten. Paciencia.
Mientras pueden ir viendo si cumplen c los requisitos, porque por mas q ahora queden muchos niños huerfanos por el terremoto (mas de los q ya habia), eso no quiere decir q se pueda viajar, y volver c un niño en la valija. NO.
Los requisitos van a seguir existiendo, y tambien van a tener un costo, como hasta ahora.
Los orfanatos son PRIVADOS, no son subsidiados por el gobierno, por lo q los mismos necesitan del dinero para mantener su estructura, a los niños y pagar abogados,medicos, asistentes sociales, papeles, etc etc etc.

Vuelvan a escribirme en un par de semanas.
Y como digo en mi otro blog, hay gente q aprovecha esta situacion, p sacar redito, diciendo q tramita adopciones en Haiti, y en realidad solo ha llevado a cabo una.
OJO.

viernes, 13 de noviembre de 2009

CAMBIOS

Se estan queriendo hacer cambios en el tema de la adopcion internacional, pero aun no hay NADA en firme.
Siguen habiendo reuniones, etc, pero aun no hay mas q un par de ordenes orales q no tienen ningun fundamento.
Que no los confundan.

viernes, 6 de noviembre de 2009

PONIENDO BLANCO SOBRE NEGRO

“... Cuando uno sobre vuela Puerto Príncipe, que es la Capital de la República de Haití, lo que ve es un inmenso chaperío de pobreza...”

Así comenzó el relato de una mamá que adoptó a su beba en Haití en un audiencia fijada en el expediente sobre “exequátur y reconocimiento de sentencia extranjera” iniciado por ella en la República Argentina.
En este espacio trataremos de llevar un poco de claridad frente a la errónea –a nuestro entender- información que circula en estos días referida a las adopciones obtenidas en el exterior.
En particular trataremos el tema de las adopciones en Haití.
Porqué, por que sobre ellas tenemos experiencia habiendo andado todo el camino que lleva a adoptar allí, y atravesar luego –no sin bemoles- los Tribunales Argentinos.
Del procedimiento de adopción en aquel país centro americano ya hemos dado a conocer muchas cosas en el “blog”, pero vale la pena un repaso más técnico si se nos permite.
Sabemos que la República de Haití admite que un haitiano pueda ser adoptado por un extranjero (art.5 del decreto del 4 de abril de 1974) sobre adopción y los derechos de los adoptantes).
Sabemos también que en toda adopción haitiana interviene el Instituto de Bienestar Social e Investigación (IBSR), creado por el decreto del 24 de noviembre de 1983.
Recordemos también la importancia que cumplen en aquel país los orfanatos, dado que por la propia cultura e idiosincrasia haitiana, los niños y niñas -en el mejor de los casos- son dados allí en adopción.
Así, los orfanatos son los que asignan al niño o niña a adoptar frente a una mamá o matrimonio haitiano o extranjero que se presente ante estas instituciones.
Asignado el niño o la niña, los orfanatos como instituciones intermedias cumplen un rol preponderante en el procedimiento de adopción. Por qué; porque asignan al menor a adoptar y porque allí se forma el “dossier” o carpeta de postulación o presentación para ser remitido al IBSR.
Ese “dossier” reunirá la documentación que el propio IBSR requiere ante un postulante con más los elementos que refieren al estado –médico-psicológico y de relación- del menor a adoptarse.

• Historia social, familiar y evaluación psicológica de reconocimiento del adoptado, suscripto por una psicóloga haitiana. En idioma francés.
• Certificado médico del adoptado, exámen clínico y paraclínico emitido por pediatras haitianos. En idioma francés.
• Análisis de sangre, suscriptos por bioquímicos haitianos. En idioma francés.
• Copia del pasaporte del extranjero adoptante y una carta de intención y/o requerimiento de adopción del mismo. En el idioma del adoptante.
• Partida de nacimiento del adoptante extranjero.
• Certificados médicos y análisis clínicos emitidos en el país del adoptante.
• Certificado de hacienda emitido en el país del adoptante.
• Informe socio ambiental e informe psicológico emitido en el país del adoptante.
• Certificado notarial de existencia de persona o certificado de supervivencia emitido por la policía del país del adoptante.
• Certificado de antecedentes penales emitido por el país del adoptante.
• Tres cartas de recomendación de amigos y un cura o párroco respecto del adoptante emitidos en su país. (Recordemos que Haití es una república donde la religión católica tiene mucha ingerencia).

Todos estos instrumentos deben llevar las correspondientes traducciones al francés, más las validaciones de las autoridades de la República Argentina para su presentación ante la República de Haití y autenticaciones del Consulado de Haití en la República Argentina.

Para la confección de estos documentos intervienen un escribano, un contador, un cura párroco, amigos, bioquímico, médico, asistente social, equipo Terapéutico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio de Relaciones Exteriores Comercio Internacional y Culto de la República Argentina.
Este “dossier” permite abrir ante el Instituto de Bienestar Social e Investigación el expediente de adopción. Sobre dicha base documental, el jefe de división del servicio social, el asesor jurídico de dicho organismo, el jefe del servicio de adopción y el director general del IBSR, otorgarán la autorización de la adopción.
Para así resolver y como previo, someten la documentación que se adjuntó para formar el dossier al tratamiento, investigación y estudio de los trabajadores sociales de dicho Instituto. Evalúan acerca de la existencia o no de factores perjudiciales para el desarrollo social y moral del menor a adoptar. Evalúan sobre las posiblidades y /o vinculación entre madre/ padres adoptante/s e hija/o adoptada/o, con seguimiento previo del vínculo en Haití entre adoptante y adoptado, elevando los informes en tal sentido al ISBR.
Una vez que se completaron estos pasos, recién el pedido de adopción, ingresa como expediente del IBSR ante el Juez de Paz que corresponda en jurisdicción para continuar con el trámite hasta llegar a la sentencia.
Destacamos que, antes de pronunciarse, el juez nuevamente requiere del aval del IBESR .
Esta introducción nos lleva a concluir.

1-. La República de Haití por intermedio del ISBR interviene a los fines de evaluar la “ideoneidad” del adoptante, a través de sus trabajadores sociales. Recuérdese que la adopción internacional se rige por las leyes del lugar del adoptado. Ergo, si el ISBR recibe un dossier y sus asistentes sociales interviene en la investigación, estudio y seguimiento del adoptante en su relación con el adoptado, emitiendo y elevando su informe al ISBR, ¿no se ha evaluado entonces la idoneidad de quienes van a adoptar sometido a la ley del domicilio del adoptante?.
2- La sentencia obtenida en el extranjero, conforme los procedimientos fijados en esa legislación foránea, posee pleno valor de “sentencia”. Si concede la adopción ninguna duda cabe de que el menor ha sido adoptado.
3- Qué certificado de idoneidad para adoptar en Haití puede requerir la República Argentina si lo que se somete a su jurisdicción es un “pedido de reconocimiento de sentencia extranjera” o “exequátur”-, pedido que solo persigue un acto jurisdiccional que consienta en nombre de la ley argentina la aplicación de una sentencia extranjera en territorio nacional – la de adopción obtenida en Haití por ejemplo.
4- Lo único que corresponde al juez argentino antes de dictar su sentencia es evaluar si la sentencia extranjera contraria el orden público interno argentino. No puede, bajo ningún concepto “inmiscuirse” en un procedimiento obtenido ante un juez extranjero sobre el que no tiene jurisdicción. Máxime cuando la adopción extranjera se rige, como se viene sosteniendo hasta el cansancio, por las leyes del domicilio del menor que ha de ser adoptado.
5 – Finalmente, si a todo evento, el país extranjero acepta como válida la documentación obtenida sin intervención oficial del país del adoptante. Por qué caería una sentencia así obtenida si uno se ha sometido a la legislación del país que aceptó tales instrumentos bajo las leyes del domicilio del adoptado?.
Por eso corresponde asesorarse, es cierto, pero también interiorizarse acerca de los procedimientos para no caer en mayores gastos evitando intermediarios –en nuestro país no autorizados - e inútiles papeleríos ante procesos que de por sí son desconocidos, angustian, generan ansiedades e involucran profundos sentimientos
ASESORO DRA ALEJANDRA CZUREJCZUK

FE DE ERRATAS PARA TI

En la edición de la Para Ti, del 30 de octubre, salió una nota q nos hicieron para el día de la Madre, a Mariana, Maki Sue, Christ y yo.
Es sobre la adopción en Haití.
Le agradezco a Eugenia, la periodista, una persona encantadora, y a Fernando, el fotógrafo, por su buena onda.

Quisiera aclarar un par de cosas, una de ellas MUY IMPORTANTE
- los test psicológicos NO SON POR INTERNET, SINO Q SE HACEN EN EL CONSULTORIO DEL PSICOLOGO/A, Y LLEVAN VARIAS SESIONES/HORAS. Luego llevan una cadena de legalizaciones y certificaciones.
- la adopción de Christ, desde el envío de la carpeta, hasta el viaje a buscarlo, llevó casi 9 meses.

Si alguien quiere mas información sobre el proceso, etc, me puede enviar un mail a
adoptandoenhaiti@yahoo.com.ar

ACLARACIONES SOBRE MI ADOPCION EN HAITI

He recibido algunas consultas, por lo q quisiera aclarar q para mi adopción no utilicé los servicios de ningún abogado en argentina, (el abogado haitiano lo contrata el orfanato), y no tuve ningún problema c el trámite, y q además ya tengo la reválida de la sentencia, por un juez argentino (aunque hay quien dice q los jueces argentinos son facilmente engañables, q falta de respeto!)
O sea, q tanto la ley de Haiti como la de Argentina, dicen q Christ es mi hijo.
Para mas info sobre este tema,leer el post c el titulo "Poniendo blanco sobre negro".

MAS SOBRE EL PROCESO DE ADOPCION EN HAITI

Los papeles q piden, se hacen de una manera en particular, segun lo pide el orfanato.
Y luego llevan una cadena de legalizaciones.
El IBESR es el Instituto de Bienestar Social de Haiti, q es quien aprueba o no las adopciones (pero los papeles no se envian directamente alli!)
El MOI es el Ministerio del Interior, y es donde va la carpeta una vez q esta la sentencia del juez, y donde se da la autorizacion para hacerle el pasaporte haitiano al niño (si o si sale c pasaporte haitiano)
Ahora...........estan habiendo demoras en las dos oficinas, por distintas razones........y mas demoras aun para las flias con hijos biologicos, q necesitan una dispensa presidencial
ver blog de Vera
http://achildsvoiceinternational.blogspot.com/2009/03/ministry-of-interior-update.html
http://achildsvoiceinternational.blogspot.com/2009/03/presidential-waivers-update.html

Pasos del proceso en gral, hay idas y venidas de firmas en el medio,pero para dar una idea.

- elección de orfanato, armado de dossier de acuerdo a lo q pide el O.
- envio de dossier al orfanato en Haiti, q es el q se encarga de todo el proceso
- ponen el dossier de la flia junto c el del niño a adoptar
- envio del dossier o carpeta a 1ra legalizacion, una vez salido de alli:
- envio del dossier al IBESR,(explicado mas arriba) una vez salido de alli:
- envio del dossier a Parquet
- el dossier entra a la corte y 2da legalizacion, y ahi el niño se convierte en tu hijo legalmente!
-envio del dossier al MOI (explicado mas arriba)
- una vez aprobado, el MOI le envia una carta a migraciones dde autoriza a imprimir el pasaporte del niño.
- y de alli, al consulado argentino a sellar los ultimos papeles, y al aeropuerto!!!!

parece poco pero cada paso lleva muuucho tiempo, y siempre pasa algo, o se corta la luz, o se quedan sin papel, o sin tinta, o hay manifestaciones, o huracanes, etc..................

REQUISITOS ADOPCION HAITI

Los requisitos básicos para la adopción en Haití son:
- edad mínima 35 años (en algunos casos, 30)
- solteras o casados
- si se esta casado, 10 años de matrimonio, o 5 de casados y 5 de convivencia comprobable. este requisito creo q es un poco flexible.
- si se tienen hijos biológicos, se puede, pero esta muy difícil, se necesita una dispensa presidencial y los tiempos son mucho mas largos.

Aclaro algo respecto a tiempos: el tiempo desde q se manda la carpeta, es de por lo menos un año(depende mucho del orfanato, de cuanto se muevan, cuan eficientes sean, etc)

Si se es argentino viviendo en el exterior, se adopta como argentino, debiendo armar la carpeta aca.

Papeles a presentar:
- Estudio socio ambiental realizado por asistente social
- Certificado psicologico realizado por psicologo matriculado
- Apto para adoptar, o Certificado de Idoneidad, realizado por psicologo matriculado
- Certificado médico realizado por medico matriculado
- Certificado de antecedentes
- Declaracion de bienes por contador
- Carta del lugar de trabajo
- Cartas de recomendacion de amigos y o conocidos
- Carta de recomendacion de un cura o pastor
- Carta al director del IBESR
- Certificado de nacimiento
- Certificado de matrimonio o de divorcio segun corresponda
- Poder para el abogado que lleve los papeles.

todos estos papeles se hacen de cierta manera, y llevan una cadena de legalizaciones IMPORTANTISIMA.
toda la carpeta se envia traducida al francés